jueves, 7 de julio de 2016

SENTENCIAS DE CINE


“El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años”. Esto es lo que establece el artículo 138 de nuestro vigente Código Penal. Hasta el artículo 143 se conforma el Título II del Libro II que, bajo la rúbrica “Del homicidio y sus formas”, agrupa todas las modalidades de privar de la vida a otro ser humano que nuestro ordenamiento contempla como punibles.

En el cine son múltiples las ocasiones que tenemos de ver procedimientos penales cuyo epicentro es el homicidio. Bien es cierto que, en la mayoría de las ocasiones, nos solemos encontrar con juicios a la americana. Eso va a significar una enorme diferencia con nuestro sistema penal en todos los sentidos, como la tipología delictual, el procedimiento, las enormes diferencias existentes entre las legislaciones penales de cada uno de los Estados Unidos y, sobre todo, el mayor de los problemas, la falta de rigor jurídico.

Jugando con esas enormes diferencias me gustaría proponer un pequeño divertimento (sin ahondar en exceso en tecnicismos jurídicos para no aburrir a los legos en la materia): repasar de un modo asistemático algunas cintas famosas y ver lo que hubiera sucedido en el caso de haberse juzgado el delito en la España de hoy. ¿Me acompañan?

Blair Underwood (abogado en “La ley de Los Ángeles”) en “Causa justa” es un reo condenado a la pena capital. Admirablemente defendido por uno de mis actores favoritos, Sean Connery, consigue la libre absolución. En la España de hoy habría sido condenado a una pena de entre 20 y 25 años por haber cometido el asesinato con alevosía (emplear en la ejecución medios, modos o formas que tiendan a asegurarla) y ensañamiento (aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima). Diferencia considerable, pero nunca podemos dejar de lado una consideración importantísima, que en nuestro país la condena más elevada no sobrepasa los 30 años y, por supuesto, no existe la pena de muerte, ni tan siquiera en tiempo de guerra. Kate Capeshaw (señora de Spielberg en la vida real y de Connery en la ficción) y Lawrence Fishbourne completan un buen reparto para una película con un final algo excesivo.

En “Doce hombres sin piedad” nos encontramos con una situación similar. Un joven es acusado del asesinato de su padre y un jurado de doce hombres (varones todos) deben determinar su culpabilidad o inocencia. Se está jugando la pena máxima. Aquí no habría conseguido una condena superior a 20 años, sin contar con la aplicación, más que probable, de alguna circunstancia atenuante como el arrebato u obcecación. No puedo resistir la tentación de hablar algo más sobre una de las joyas del cine jurídico. Sydney Lumet (un habitual del género) dirige una adaptación de la obra teatral de Reginald Rose encabezada por dos estrellas, Henry Fonda y Lee J. Cobb. Ambos representan dos polos opuestos, la comprensión y la intransigencia. Durante poco más de hora y media vemos cómo Henry Fonda consigue convencer, uno a uno, a los demás jurados de la inocencia del acusado, hasta llegar al hueso más duro. Pero Lee J. Cobb termina por derrumbarse, rodeado por las cuatro paredes entre las que se desarrolla la práctica totalidad de una acción que en ningún momento se torna claustrofóbica, debido quizás al continuo y lento movimiento de las cámaras por toda la sala de deliberación. El resto... es mejor verlo.

En “Anatomía de un asesinato” James Stewart es el abogado defensor de Ben Gazara que, acusado de asesinato, en España habría tenido que hacer frente a una petición de condena de 10 a 15 años de prisión, aunque podría caber la apreciación de la legítima defensa como eximente o tan solo como atenuante. Los requisitos para que pueda ser tenida en cuenta son: agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y falta de provocación suficiente por parte del defensor.

Hay un conjunto de filmes que tocan el tema dentro del ámbito militar. Son los consejos de guerra. “El sargento negro” y “Algunos hombres buenos” son buenos ejemplos. En ambos los acusados se están jugando importantísimas condenas que, en nuestros días, no les harían acreedores de sentencias superiores a los 20 años de cárcel. En la primera de ellas Woody Strode es acusado de matar a una joven. En la segunda Demi Moore y Tom Cruise son los abogados defensores de dos militares acusados de la muerte de un compañero de armas como consecuencia de la aplicación de una medida de corrección disciplinaria conocida como “código rojo” y ordenada por su superior, Jack Nicholson.

No puedo terminar este artículo sin hacer mención de dos cintas interpretadas por mi actor favorito: Spencer Tracy. En “Furia” Fritz Lang le convierte en un hombre supuestamente asesinado en un linchamiento. Los cabecillas son juzgados como instigadores del crimen, lo que en España le hubiera costado un máximo de 15 años entre rejas. “La costilla de Adán” es una deliciosa comedia en la que Tracy cambia de papel y se convierte en el fiscal de una causa defendida por su propia esposa, su compañera en la vida real Katherine Hepburn. La acusada es sometida a un proceso por intento de asesinato. Según la conversión espacio-temporal propuesta, la pena máxima habría sido de 20 años, teniendo en cuenta que estamos ante un delito en grado de tentativa y que en España existe una circunstancia modificativa de la responsabilidad que es el parentesco y que puede ser considerada tanto una agravante como una atenuante, dependiendo del caso concreto.

Todas las películas mencionadas no son más que unas pocas muestras de lo que podrían haber diferido las sentencias de ficción con las hipotéticas de la realidad en la España actual. Pero las diferencias van mucho más allá. El mazo de los jueces americanos se convierte en una campanilla en nuestro país. Nuestras togas, insignias y puñetas se transforman en simples trajes oscuros. Sus doce miembros del jurado se reducen a nueve como por arte de magia. La agresividad, rayana en la vehemencia, de las defensas norteamericanas se torna en prudencia y elegancia lingüística. El procedimiento instruido por fiscales pasa a serlo aquí por jueces. Y, como dato más paradigmático, nosotros no usamos la archiconocida fórmula de “PROTESTO”, con sus variantes de “irrelevante”, “argumentativo”, “aún no ha sido probado” y tantas y tantas otras.


Espero que este corto juego haya sido entretenido. La Justicia no suele serlo y, por supuesto, nunca es un juego.