El
día 12 se celebró el día de la Justicia Gratuita y del Turno de
Oficio. Creo que es el momento de dejar bien a las claras cuál es la
situación actual de los más de 44.000 abogados de oficio.
1.- El
abogado de oficio no es un letrado novel.
De hecho, las normas que regulan el acceso al Turno de Oficio lo
impiden. Tras finalizar la carrera de Derecho es necesario realizar
un máster de acceso a la profesión de abogado, un periodo de
prácticas y un examen de acceso a la profesión de abogado. Una vez
incorporado a cualquiera de los 83 colegios de abogados del país, es
necesario ejercer de forma privada un mínimo de tres años, antes de
poder incorporarse al Turno de Oficio.
2.- El
abogado de oficio no es un inexperto.
La experiencia media está en unos 15 años.
3.- El
abogado de oficio está formado y actualizado.
Amén de la carrera de Derecho y del máster de acceso a la
profesión, se especializa en una o dos materias, participa en
cursos, jornadas, seminarios y congresos de modo continuo durante
toda su vida profesional.
4.- El
abogado de oficio es voluntario. La
pertenencia al Turno de Oficio no es obligatoria, lo cual no es
extraño, a la vista de los requisitos enunciados hasta ahora.
5.- El
abogado de oficio cobra poco. La
media se encuentra en unos 130 euros por asunto. Realmente no es
poco, sino simplemente una remuneración simbólica.
6.- El
abogado de oficio no cobra sus gastos.
Los tiene. Y muchos. Llamadas telefónicas, fax, fotocopias (cientos
o miles, según sea el caso), tóner, transporte, ... En ocasiones
los gastos superan a los ingresos.
7.- El
abogado de oficio cobra tarde. Cobra
por trimestres. Ejemplo: el trabajo del primer trimestre del año se
cobra (si hay suerte) a final del ejercicio. Si quiere cobrar antes,
lo puede hacer, pero con un importante descuento bancario (el
confirming).
8.- Los
procedimientos duran años. Cada
asunto judicial suele durar años (2, 3, 5...). Eso no redunda en un
mayor cobro, sino en una carga de trabajo interminable: asistencias
en comisarías, declaraciones, ruedas de reconocimiento, escritos de
toda índole, recursos, ejecución, ...
9.- El
abogado de oficio no es un profesional de tercera.
Al contrario. Ya hemos visto su preparación y experiencia. Sin
embargo, y sólo por el mero hecho de "venir de oficio", es
despreciado por jueces, funcionarios, policías y, en ocasiones, por
algunos mal llamados "compañeros" que, por supuesto, nunca
se han dedicado al Turno de Oficio.
10.- El
abogado de oficio sigue siendo abogado particular.
Si no fuera así, no podría vivir de su profesión.
11.- El
abogado de oficio es, ante todo, un profesional.
Por eso trata a sus clientes y sus casos del mismo modo, tanto si son
de oficio como si son particulares.
Por
supuesto, soy ABOGADO DE OFICIO. A mucha honra.